Introducción.
Recientemente la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la obligación de emitir comprobantes fiscales digitales, los cuales tienen su fundamento en lo que disponen los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Como se recordará, el primero de dichos numerales dispone que cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT); que los comprobantes fiscales digitales deberán contener el sello digital del contribuyente que lo expida, el cual deberá estar amparado por un certificado expedido por dicho órgano desconcentrado; y que, las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce, o usen servicios deberán solicitar el comprobante fiscal digital respectivo.