SCJN: El fondo de ahorro forma parte del salario integrado

EL FONDO DE AHORRO ES PARTE INTEGRANTE DE AQUÉL, derivada de la contradicción de tesis 260/2010 entre las sustentadas por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito, el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito y otros.

En sesión privada del 12 de enero de 2011, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó la tesis de jurisprudencia 2a./J. 13/2011, bajo el rubro: SALARIO. EL FONDO DE AHORRO ES PARTE INTEGRANTE DE AQUÉL, derivada de la contradicción de tesis 260/2010 entre las sustentadas por el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo del Primer Circuito, el Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito y otros.

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